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Google dice en la Audiencia Nacional que retirar contenidos indexados sería aplicar “una fórmula de censura”

19 enero, 2011

Google negó este miércoles en la sala de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional cualquier responsabilidad en los contenidos indexados y rechazó retirar información por entender que hacerlo supondría una “fórmula de censura”.

Con estas palabras defendió el abogado de Google, Luis Javier Aparicio Salom, su recurso contra cinco resoluciones de la Agencia Española de Protección de Datos.

Dichas resoluciones afectan a distintas publicaciones “on line”, incluidos artículos de prensa o referencias a informaciones de boletines oficiales, algunas de los cuales pueden estar relacionadas con la seguridad de las personas, como en casos de maltrato en los que se pueda localizar a alguien a través de Internet.

Durante la vista, el letrado que representa a Google recordó que los buscadores son un “nexo con la información, que por ley no tienen ninguna responsabilidad de los contenidos en nuestro país”, por lo que aseguró que las demandas de estas personas “tienen que ir dirigidas a los editores que han publicado estos datos”.

La compañía admite que podría retirar los datos tal como solicitan los demandantes pero supondría “vulnerar los derechos de información”. “Pedir a los buscadores que se retire la información de forma arbitraria es algo muy peligroso porque los buscadores son una parte fundamental de la sociedad de la información y se estaría atacando a la libertad de expresión”, dijo el abogado.

Recordó, asimismo, que retirar determinados términos o nombres de personas, supondría retirar de la red no sólo la parte de información relativa a los interesados sino la de otras personas que puedan aparecen con los mismos términos de búsqueda.

Como solución, Google considera que los editores deben utilizar las herramientas disponibles que impiden o limitan el acceso en la red a determinada información.

 ABOGADO DEL ESTADO PRESENTA SENTENCIAS DE EEUU

Por su parte, el Abogado del Estado, de la Agencia de Protección de Datos y los de los particulares consideran que Google, debido a su importancia como buscador, “sí tiene responsabilidad”.

Durante la vista se recordó que la Agencia de Protección de datos acudió previamente a los editores responsables de la información donde pudieron comprobar que estaban “amparados para la publicación de esos datos”. Consideraron, por ello, que el siguiente paso era recurrir al buscador.

El Abogado del Estado sacó a relucir varias sentencias de EEUU según las cuales se considera responsables a los buscadores. Igualmente rechazó que los tribunales españoles no sean competentes para dirimir en este asunto por tener Google la sede en California, ya que el gigante de Internet tiene parte de su equipo técnico en España.

Los abogados de los particulares también mencionaron la desprotección de sus clientes y aludieron concretamente a un caso de una persona que se había visto imputada en un proceso judicial del que había salido absuelto. Esta persona solicitó al Boletín Oficial del Estado (BOE) la retirada de la información a lo que accedió, pese a lo cual sigue apareciendo dicha información en Internet.

Tras escuchar a las partes, el presidente de la sala, preguntó a la Agencia de Protección de Datos si consideraría restablecido el derecho al honor de los demandantes con la retirada de los resultados en las búsquedas.

A esta pregunta, el abogado de la Agencia de Protección de Datos alegó que dada la importancia de Google, la retirada de esa información ayudará “a que el impacto de esos datos sea menor”.

Por su parte, Google, al ser preguntado por aspectos técnicos relativos a la retirada de la información, insistió en que “técnicamente resulta imposible hacerlo sin afectar a terceras personas o contenidos” que aparezcan en las búsquedas con esos mismos términos. Insistió en que la solución pasa porque los editores utilicen criterios de exclusión.

Durante la vista, los abogados de los particulares y de la Agencia de Protección de datos también recordaron a Google los ingresos publicitarios que obtiene con la indexación de contenidos.

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